Este tipo de obras no están sujetos al régimen de intervención administrativa de licencia de obras pero hay que ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat.
Personas jurídicas o físicas mayores de edad, no necesariamente debe ser propietaria del inmueble, o persona representante
Se debe tramitar antes de comenzar la obra.
Las obras se podrán empezar transcurridos 10 días hábiles desde la presentación de la comunicación previa al Ayuntamiento con toda la documentación pertinente, siempre que no se haya informado al interesado de ninguna deficiencia.
El plazo máximo para iniciar las obras es de 1 mes desde su presentación, y un plazo máximo para finalizarlas de 6 meses. Estos plazos podrán ser prorrogados por la mitad si se comunica antes de transcurridos y conllevará el pago de las tasas correspondientes.
Formulariocumplimentado y firmado, adjuntando la siguiente documentación: