Es la autorización necesaria para poder ocupar puntualmente un espacio en la vía pública con motivo de la carga o descarga de muebles y enseres domésticos derivados de una mudanza, con o sin interrupción de la circulación.
Todas aquellas personas jurídicas o físicas mayores de edad, o representante, que necesiten ocupar la vía pública por los motivos antes indicados.
Deberán colocarse las señales de tráfico que indique la Policía Local con 48 horas de antelación al empleo, por lo que la solicitud deberá hacerse antes de este plazo.
Si por cualquier motivo no se pudiera dar la autorización al momento, se deberá rehacer la solicitud dejando un margen mínimo de 7 días hábiles de antelación a la ocupación.
Igualmente, si la solicitud se hace por cualquier otra vía que no sea presencial, siempre se presentará con 7 días hábiles de antelación.
Ordenanza fiscal núm. 12: Tasa por la utilización privativa y aprovechamiento especial de dominio público local.