Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat

Link to ObjectExecute action
Salta al contenido
18/05/2024 10:52:50

Idioma

Identificación

Página principal del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat

Buscador global

Menú superior

Menú principal

Sede electrónica
Catálogo de trámites

Sede electrónica - Catálogo de trámites

Datos informativos

Subvenciones a entidades y personas para actividades ciudadanas de carácter ordinario

En esta página se puede hacer y encontrar toda la información necesaria para la tramitación de las solicitudes de subvenciones, así como sus enmiendas y ampliación de documentación, la aceptación una vez concedidas, la reformulación, en su caso y su posterior justificación, que el Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat otorga a entidades y personas físicas para la realización de proyectos y actividades ciudadanas de utilidad pública o interés social, de conformidad con la normativa vigente en régimen de concurrencia competitiva,en los siguientes ámbitos:

  • Salut
  • Promoción cultural
  • Feminismo y LGTBI
  • Personas con discapacidad
  • Personas mayores
  • Medio Ambiente
  • Juventud
  • Sensibilización
  • Interculturalidad
  • Cooperación al Desarrollo
  • Participación

¿Cómo se hace?

Toda la tramitación de solicitud de la subvención, así como solucionar posibles defectos en la misma, la aceptación, la reformulación, en su caso y la justificación se hará por internetmediante los trámites online que se pueden encontrar en esta página, ya sea con un código web de usuario y contraseña o con certificado digital del/a presidente/a, se pueden tramitar:

  • La solicitud de subvenciones.
  • Solucionar defectos en la solicitud o en la documentación de la subvención.
  • Reformular la solicitud de subvención
  • Aceptar la subvención.
  • Justificación de la subvención.

Toda la documentación por lo tanto se deberá adjuntar digitalizada. Los formatos admitidos son Microsoft Word, Excel, Open Office, Libro Office, PDF y formatos de imagen PNG, JPG, GIF, BMP.

La solicitud electrónica deberá de firmar digitalmente el presidente o la presidenta de la entidad. Los sistemas de firma admitidos son:
  • Con código web (usuario y contraseña) que el Ayuntamiento facilita a las personas que presidan las entidades inscritas en el Registro Municipal de Entidades.
  • Con certificado digital: DNIe, Certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, IdCAT, IdCATmòbil o cualquier otro emitido por una autoridad de certificación y admitido por el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña

Si el escrito de solicitud no reúne los requisitos necesarios para su tramitación, o la documentación es incorrecta o incompleta,se requerirá por medios electrónicosa la persona solicitante para que solucione los defectos observados en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles. Si no lo hace, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución dictada por el órgano competente, y se archivarán las actuaciones sin más trámite. a resolución del procedimiento se notificará de forma expresa por medios electrónicos en la dirección de correo electrónico facilitada durante la tramitación. La concesión de la subvención deberá aceptarse en el plazo de 10 días o se considerará aceptada tácitamente en caso de que la entidad o persona beneficiaria no manifieste expresamente su disconformidad. También se dispondrá de 2 meses para presentar una reformulación del proyecto en caso de que el importe otorgado sea inferior al solicitado. Posteriormente deberá justificarse adecuadamente la subvención. Los trámites electrónicos de aceptación, reformulación y justificación están también disponibles en esta página.

Quién lo puede pedir?

Todos los trámites relacionados con la subvención (solicitud, enmiendas, aceptación, reformulación y justificación) los debe hacer toda persona física o jurídica que quiera realizar una actividad sin ánimo de lucro de carácter cultural, social, educativo, artístico, deportivo, de dinamización y promoción económica, solidario o similar, que se considere de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública y que cumpla los requisitos de las normativas siguientes:

Cuando se puede hacer?

  • El plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones de carácter ordinario es del 18 al 25 de marzo de 2024, ambos inclusive.
  • El plazo de presentación de justificaciones es hasta el 31 de enero de 2025.

Documentación necesaria

Proyecto de la actividad subvencionable, con presupuesto de ingresos y gastos. Tiene a su disposición una documentación específica de cada ámbito que le ayudará a confeccionar el proyecto, que encontrará haciendo clic aquí.

Sólo en el caso de que, durante la tramitación electrónica, haya oposición a consultar electrónicamente los datos de la entidad a la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria:

  • Certificado conforme la entidad solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, en caso de que se tenga personal contratado trabajando en la entidad.
  • Certificado conforme la persona física o entidad solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Pública.

Sólo en el caso de que la entidad no esté inscrita en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat y tenga su sede social fuera de Sant Feliu de Llobregat:

  • Acreditación de la representación de la entidad, mediante certificado del / de la secretario / ao copia del acta donde conste el nombramiento del cargo de presidente / a.
  • Acreditación de la inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones y Fundaciones de la Generalitat de Catalunya.

Cabe también acreditar al menos una de las dos circunstancias siguientes:

  • Existencia de una delegación o agrupación de socios/as de la entidad arraigada en Sant Feliu de Llobregat. Hay que adjuntar un certificado del secretario/a de la entidad.
  • Haber realizado alguna actividad similar a la del proyecto presentado, durante el año anterior. Hay que adjuntar documentación acreditativa de la realización de la actividad.

Para la justificación de la subvención:

  • Memoria de las actividades realizadas.
  • Facturas justificativas de la subvención a nombre de la entidad, así como del documento cuenta justificativa de la subvención.
  • Además, en el caso de subvenciones de importe superior a 5.000 €, se adjuntará también las facturas escaneadas.

Ayuda

Para obtener ayuda en la realización de este trámite electrónico puede llamar al teléfono 93 685 80 01.

Para obtener ayuda en la formulación del proyecto y la presentación de la documentación requerida, existe un servicio de apoyo a entidades que se podrá solicitar a través del correo suportentitats@santfeliu.cat

Otra información de interés

Procedimientos de concesión de subvenciones:

  1. Procedimiento ordinario: concurrencia competitiva (concurso).
  2. Procedimiento de concesión directa (no ordinario):
    • Las subvenciones de carácter excepcional y extraordinario
    • Las previstas nominativamente en el presupuesto municipal.

Puede consultar el estado de tramitación del expediente de subvención y de otros datos y documentos relacionados con su entidad, en laCarpeta de entidades 

Tramitación en línea
DisponibilitatTítulodataIniciTramitaciodataFiTramitaciodatesdisponibilitat
Fora de terminiSolicitud subvención entidades
Fora de terminiSolicitud subvención entidades con certificado electrónicoCon autenticación
Disponible actualmentAceptación subvención entidades con usuariotramitar
Disponible actualmentAceptación subvenciones actividades ciudadanas con certificadoCon autenticacióntramitar
Disponible actualmentAdjuntar documentación adicional solicitud subvención entidadestramitar
Disponible actualmentDocumentación complementaria solicitud subvenciones actividades ciuitadanesCon autenticacióntramitar
Disponible actualmentJustificación subvención entidades 2022tramitar
Disponible actualmentJustificación subvención entidades 2023tramitar
Salta a la parte superior