Voto accesible para personas con discapacidad visual
Elecciones al Parlamento de Cataluña del 12 de mayo de 2024
Las personas con discapacidad visual que lo deseen pueden solicitar a la Administración de la Generalidad la utilización de una documentación complementaria en sistema Braille. Esta documentación debe acompañar a las papeletas y los sobres de votación normalizados y les permite identificar la opción de voto con autonomía y plena garantía del secreto de sufragio. El Real decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, regula este procedimiento y complementa lo dispuesto en el artículo 87.1 de la Ley orgánica del régimen electoral general.
Las personas que quieran utilizar esta documentación complementaria deben solicitarla, entre el 19 de marzo y el 15 de abril, mediante una llamada al teléfono gratuito 900 500 912 que habilita al efecto la Administración de la Generalidad, y deben indicar su nombre, apellidos, domicilio, número de documento nacional de identidad, número de teléfono de contacto y dirección electrónica, si en su caso, y, según el Acuerdo de la Junta Electoral Central de 29 de febrero de 2024 (expediente 330/313), deben manifestar de forma expresa si quieren recibir la documentación en su domicilio o encontrarla disponible en la mesa electoral que les corresponda. Además, deben manifestar en la misma llamada que conocen el sistema de lectoescritura Braille y que tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% o que están afiliados a la Organización Nacional de Ciegos Españoles.