Permisos de obras
Si desea hacer obras, en esta página encontrará la información necesaria sobre el régimen de intervención municipal y el tipo de trámite a realizar. Mediante el asistente para la tramitación de procesos de obras se puede consultar, en función del emplazamiento, el tipo de actuación, el presupuesto y la protección patrimonial que tenga el edificio, qué trámite se debe hacer y qué documentación hay que aportar. También permitirá gestionar de forma telemática las solicitudes, una vez se disponga de la documentación requerida.
Trámites que se pueden realizar en función del régimen de intervención municipal
- Enterado de obras mínimas
- Comunicaciones previas de obras:
- Obras de mejora en el interior de vestíbulos y / o escaleras comunitarias que no modifiquen la distribución ni la estructura en edificios no catalogados.
- Reparación de tejados, terrazas, balcones, losas de balcones y / o barandillas sin afectación estructural y sin afectar la volumetría y sin ocupación de la vía pública con elementos auxiliares de elevación en edificios no catalogados.
- Ejecución y / o reparación de revoques, de aplacados y / o pintado de fachadas que no hagan frente a espacio público, tabiques pluviales y patios en actuaciones para alturas inferiores a 6 metros sin elementos auxiliares de elevación tipo andamio, plataformas elevadoras, camión grúa, etc. En edificios no catalogados.
- Reparación y colocación de tuberías de desagüe / canalones pluviales libres de amianto / fibrocemento en edificios no catalogados.
- Construcción y / o revestimiento de vallas de finca, parcela o solares privados en actuaciones sin ocupar espacio de dominio público.
- Construcción o instalación de valla provisional de protección de obras, siempre que no comporten ocupación de espacio público.
- Instalación de rótulos publicitarios dentro de los agujeros arquitectónicos o rótulos sin fondo o con fondo transparente sobre las aberturas de fachada, en locales que dispongan de actividad legalizada en edificios no catalogados.
- Colocación de toldos y / o pérgolas en planta baja en edificios no catalogados.
- Instalación de equipos de aire acondicionado en viviendas, en edificios no catalogados.
- Instalación y / o modificación de las instalaciones de energía solar térmica en edificios no catalogados.
- Ejecución de calas, pozos y / o sondeos previos y trabajos de jardinería, en fincas privadas en edificios no catalogados.
- Actuaciones de urgencia de refuerzo estructural de carácter provisional hasta intervención definitiva en edificios no catalogados.
- Actuaciones de urgencia de protección de fachadas, medianeras y otros elementos constructivos en edificios no catalogados.
- Obras dentro de los supuestos de enterado de obras mínimas que superan el presupuesto de ejecución material de 6.000 euros en edificios no catalogados.
- Licencias de obras menores:
- Licencias de obras mayores:
Cómo se hace?
Por Internet:
Realizando la tramitación online disponible en esta página
En el resto de registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo.
Presencialmente (cuando no es obligada la tramitación electrónica):
- En la Oficina de Atención Ciudadana. Mediante la solicitud específica. Es necesario mostrar el original del documento de identificación (DNI, NIE, Pasaporte...) y aportar la documentación necesaria.
- En las oficinas de correos, tal como se establezca reglamentariamente.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Quién lo puede pedir?
Personas jurídicas o físicas mayores de edad, no necesariamente debe ser propietaria del inmueble, o persona representante.
Precios