Consideraciones a tener en cuenta:
Respecto de los establecimientos industriales y comerciales y, en general, de toda clase de locales de negocio, será necesario:
1. Que su índole exija necesariamente la entrada de vehículos.
2. Que dispongan de espacio libre suficiente, con carácter permanente, sin otro destino.
3. En los establecimientos donde se tenga que realizar carga y descarga de pesos importantes, se deberá acreditar esta necesidad y la existencia de espacios y expresamente reservados, con carácter permanente, para estas operaciones y maniobras, la denominación , el número y la ubicación de los aparatos mecánicos de carga y descarga previamente existentes. En este supuesto, no se deberá acreditar lo que se exige en el punto anterior.
Respecto de las viviendas, será necesario:
1. Que se trate de edificaciones con obligación legal de poner garaje aparcamiento.
2. Que se acredite poseerlo voluntariamente, con capacidad hasta cuatro automóviles, excepto en las edificaciones destinadas a viviendas de una o varias familias, como torres, chalets u otras análogas, siempre que no tengan la condición de edificio normal de vivienda.