Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat

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18/05/2024 18:36:33

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Datos informativos

Ayudas económicas para actividades de verano

La presente convocatoria tiene por objeto posibilitar la solicitud y concesión de ayudas económicas a las familias con niños a cargo, de hasta 16 años, para la participación de éstas en las actividades de verano.

Esta convocatoria se ajusta a los criterios de las bases generales que regulan las prestaciones económicas sociales del ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, aprobadas por el Pleno de la corporación en fecha 24 de febrero de 2022.

También se ajusta a las bases específicas que regulan las convocatorias por derecho de concurrencia de las prestaciones económicas sociales complementarias a las actividades de verano aprobadas por el Pleno de la Corporación en fecha 24 de febrero de 2022.

Importe de la ayuda:

Con carácter general, las familias que reúnen los requisitos económicos establecidos, gozarán de una ayuda de como máximo 50 euros/semana con un máximo de 5 semanas por niño.

Con carácter general, las ayudas se aplican por el coste de las actividades básicas de verano, es decir, las mañanas (excepto en las Guarderías) restando excluidas el servicio de acogida, el servicio de comedor y otras actividades.

¿Cómo se hace?

Realizando la tramitación online disponible en esta página

Puede pedir soporte en la tramitación electrónicallamando al teléfono 936 858 001 y eligiendo la opción 1 del menú de la locución.

Sólo en caso de que no sea posible tramitar la solicitud por medios electrónicos, se podrá tramitar de manera presencial del día 24 de abril al 14 de mayo, ambos incluidos. Habrá que pedir cita previa a laOficina de Atención Ciudadana, entre el 18 de abril y el 13 de mayo en el trámite que aparece en esta página o en el teléfono 936858001, en horario de lunes a viernes, de 8 a 20h.

Quién lo puede pedir?

Puede ser beneficiario de las ayudas cualquier núcleo familiar de Sant Feliu de Llobregat siempre que cumpla los siguientes requisitos:

Tanto la persona solicitante (padre, madre o tutores responsables) como el niño, hasta 16 años, deben estar empadronados en el municipio.

Que el niño asista a una de las actividades de verano organizadas por el Ayuntamiento o por entidades educativas y / o deportivas que tengan Convenio con el Ayuntamiento y que realicen las actividades en Equipamientos municipales, entidades que actualmente son:

  • AFA Salvador Espriu
  • AMPA Miquel Martí i Pol
  • Ampa Escuela J. Monmany
  • Asoc. Club de Esplai Diversidad Lúdica
  • Club de Baloncesto Santfeliuense
  • Club Balonmano San Lorenzo
  • Club de Rítmica Sant Feliu
  • Complejo municipal de piscinas
  • Guarderías municipales: EB Ginesta y EB Patufet
  • Esplai Sant Feliu
  • Peña Recreativa Sant Feliu
  • Futsal Sant Feliu
  • Santfeliuenc FC

Cuando se puede hacer?

Del 2 de abril al 14 de mayo de 2024, ambos inclusive.

Documentación necesaria

  • Justificante de haber formalizado la inscripción para la actividad de verano, para la que se solicita la ayuda, debidamente sellada por la entidad organizadora.
  • En el caso de oponerse a que la administración haga la consulta de datos económicos de alguno o de todos los miembros del núcleo familiar mayores de 16 años, será necesario aportar documentación que acredite la situación económica según los parámetros establecidos y, excepcionalmente , en caso de no disponer de documentación tendrán que hacer una declaración responsable de ingresos.

Requisitos previos

Que los ingresos anuales de la persona solicitante y su núcleo familiar, los cuales se consultarán en la última declaración de renta, sean iguales o inferiores a:

Miembros del núcleo familiar (1)Importe anual máximo, referenciado en el IRSC (2)
218.139,66 €
322.679,58 €
427.209,48 €
5 o más miembros31.744,41 €

El importe anual máximo viene determinado por la suma de los ingresos de todos los miembros del núcleo familiar mayores de 16 años. Éstos se obtendrán de la suma de las bases imponible general e imponible del ahorro de la última declaración de renta disponible de todos los miembros computables del núcleo familiar.
Si alguno de los miembros del núcleo familiar no hubiera presentado la declaración, porque no está obligado, la acreditación de sus ingresos se podrá hacer con el certificado de imputaciones que facilita la Agencia General Tributaria, o con cualquier otra documentación acreditativa de que la Ayuntamiento considere suficiente.

Excepcionalmente, en caso de no disponer de esta documentación tendrán que hacer declaración responsable de ingresos para que el personal técnico de servicios sociales pueda valorar la necesidad de esta ayuda.

1. Por núcleo familiar se consideran miembros computables el padre y la madre del niño, o el/la tutor/ao persona encargada de la guarda y custodia, y los/las hermanos/as solteros/as menores de 25 años que convivan al mismo domicilio en el momento de formalizar la solicitud.

En caso de separación o divorcio de los padres, no se considerará miembro computable quien no conviva con el solicitante de la ayuda. No obstante, tendrá consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación (pareja de hecho) y, por tanto, se incluirán sus rentas en el cómputo de la renta familiar.

En caso de separación o divorcio esta ayuda puede ser solicitada tanto por el padre y/o por la madre del niño siempre, y cuando no dupliquen la solicitud en las mismas fechas de la actividad, y cumplan los requisitos de las bases.

2. IRSC: El Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC) es la cantidad mensual que la Administración Autonómica ha establecido para la cobertura de las necesidades básicas para la subsistencia de una persona. Tomando como referencia este indicador y en función del número de miembros que integran la unidad familiar, se determina la cantidad mínima que deberá percibir una familia para tener garantizada la cobertura de sus necesidades básicas.

Plazo de resolución

El Ayuntamiento valorará todas las solicitudes presentadas y establecerá las familias a las que se otorga la ayuda, así como el importe del mismo, de acuerdo con los criterios establecidos.

La aprobación de estas ayudas se hará por Junta de Gobierno Local y se comunicará a cada una de las familias y las entidades organizadoras.

Tramitación en línea
DisponibilitatTítulodataIniciTramitaciodataFiTramitaciodatesdisponibilitat
Fora de terminiCita previa ayudas
Fora de terminiSolicitud ayudas económicas para el casal de verano
Lugares donde se puede realizar presencialmente
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