Es la tramitación necesaria para declarar a la Dirección General del Catastro (Ministerio de Hacienda) las alteraciones catastrales de bienes inmuebles y parcelas del municipio y del resto del Estado.
Tipos de alteraciones catastrales:
- Modificación o actualización de la titularidad, los porcentajes de titularidad o tipo de propiedad.
- Nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación.
- Constitución del régimen de División Horizontal.
- Agregación o segregación de inmuebles o parcelas.
- Cambio uso o de cultivo.
- Derribo o demolición.
Para más información consultar en la Dirección General del Catastro que es el organismo competente de tramitar y resolver los expedientes catastrales resultantes.