Se debe tramitar antes de comenzar la obra.
Las obras se podrán empezar transcurridos 10 días hábiles desde la presentación de la comunicación previa al Ayuntamiento con toda la documentación pertinente, siempre que no se haya informado al interesado de ninguna deficiencia.
El plazo máximo para iniciar las obras es de 1 mes desde su presentación, y un plazo máximo para finalizarlas de 6 meses. Estos plazos podrán ser prorrogados por la mitad si se comunica antes de transcurridos y conllevará el pago de las tasas correspondientes.